Las empresas privadas tienen hasta el 15 de noviembre para realizar el depósito de la CTS a todos sus trabajadores. Este beneficio tiene como objetivo cubrir las necesidades de las personas cuando están en una etapa de transición originado por el cese de una relación laboral.
“El mercado de captación de los depósitos de la CTS cada vez es más competitivo por las altas tasas de interés que brindan algunas instituciones financieras. Estas tasas hacen que los trabajadores obtengan más intereses y les permita mayor crecimiento de su capital para beneficio de los clientes”, dijo Milagros Seminario, jefe comercial de ahorros de Caja Piura.
Señaló que los trabajadores también deben evaluar el riesgo y la liquidez de la institución financiera, que le permita al ahorrista disponer de su dinero en el momento que ellos lo requieran.
Para este segundo depósito semestral, Caja Piura brinda cinco consejos que debe considerar el trabajador al momento de elegir a la institución financiera para el depósito o para el traslado de su Compensación por Tiempo de Servicio (CTS):
1. Infórmate sobre la institución financiera (IFI). La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) brinda, de manera gratuita, una relación de las instituciones financieras autorizadas para recibir los depósitos de CTS, así como las tasas de interés que ofrecen cada una de ellas.
Además puedes informarte sobre su experiencia (años funcionado), solidez financiera (respaldo patrimonial y endeudamiento), solvencia financiera (suficiencia de liquidez para atender a sus ahorristas) y cobertura a nivel nacional (para disponer de tu dinero en cualquier parte del país).
2. Las Cajas Municipales son confiables y tienen 34 años de experiencia en el mercado. Al igual que los bancos, las Cajas Municipales están reguladas y autorizadas a recibir depósitos por CTS, pues operan bajo supervisión de la Superintedencia de Banca y Seguros (SBS) y por ello estos depósitos están asegurados por el Fondo de Seguros de Depósitos hasta un monto de 96,227 soles o su equivalente en dólares.
3. Traslado de CTS. Si ya posees una cuenta de CTS puedes solicitar el traslado de la misma a otra Institución Financiera, a través de una solicitud a tu empleador y este le solicitará tu traslado a la Institución financiera de tu conveniencia donde mantendrás tu depósito CTS.
4. Retiro total. Es válido extraer la totalidad del dinero depositado, así como los intereses generados de la entidad financiera solamente al cese de la relación laboral con el empleador.
5. Retiro parcial. La disponibilidad de este retiro se presenta cuando el depósito acumulado supera por cuatro veces el sueldo del trabajador; se dispone del excedente en efectivo.
RGP/RGP
Fuente: APN "ANDINA"