jueves, 23 de marzo de 2023

Minedu: ¿cuánto ganarán los docentes desde marzo según su escala magisterial?

Profesores nombrados y contratados tendrán 


Este incremento, regulado por Decreto Supremo 036-2023-EF, fija la remuneración de los docentes nombrados con jornada de 30 horas entre S/ 2,850, en la primera escala magisterial, y S/ 5,985, en la octava; mientras que los docentes con jornada de 40 horas percibirán entre S/ 3,800 y S/ 7,980. 

En tanto, la remuneración de los contratados con jornada laboral de 30 horas se elevará de S/ 2,600 a S/ 2,850, de acuerdo con la misma norma publicada el fin de semana en El Peruano.

Ocho escalas magisteriales

Cabe indicar que la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, estable que la carrera pública docente está estructurada en 8 escalas magisteriales. Los profesores que por primera vez ingresan al ámbito público magisterial lo hacen en la primera escala.

Para ascender en las escalas magisteriales, los docentes deben cumplir una serie de requisitos solicitados por el Ministerio de Educación (Minedu), entre ellos contar con una cantidad mínima de años de servicio oficiales en la Carrera Pública Magisterial (CPM).

Por ejemplo, para postular al concurso de ascenso a la segunda escala en la zona urbana, es necesario haber permanecido por lo menos 2 años en la primera. En tanto, si el docente aspira a la octava escala, es requisito indispensable que hayan transcurrido 4 años como mínimo en la sétima escala magisterial.

El Decreto Supremo 036-2023-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano, establece también que el monto de la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) de la primera escala magisterial por hora de trabajo semanal-mensual es de S/ 95 para los docentes nombrados por el Minedu.

A continuación, conozca la relación de la escala magisterial que rige a partir de este mes para los docentes nombrados:

Remuneración docentes nombrados

Escala
magisterial

Índice Porcentual

Jornada de trabajo

30 horas

40 horas

Octava

210 %

5985,00

7980,00

Séptima

190 %

5415,00

7220,00

Sexta

175 %

4987,50

6650,00

Quinta

150 %

4275,00

5700,00

Cuarta

130 %

3705,00

4940,00

Tercera

120 %

3420,00

4560,00

Segunda

110 %

3135,00

4180,00

Primera

100 %

2850,00

3800,00

Fuente: Minedu

Docentes contratados 


El mismo Decreto Supremo señala que la remuneración del profesor contratado en el marco de la Ley 30328 se elevará a partir de marzo de S/ 2600 a S/ 2850 por una jornada de 30 horas de trabajo. 

Sin embargo, el profesor contratado que labore menos horas de la jornada laboral establecida para la modalidad, forma, nivel o ciclo en que presta sus servicios, percibirá la remuneración mensual de forma proporcional a las horas contratadas, indica el decreto.

Remuneración mensual docentes contratados

Modalidad/ Forma/ Cargo

Niveles/ Ciclo

Jornada laboral

Monto

Educación básica regular (EBR)

Inicial

30

2850,00

Primaria

30

2850,00

Secundaria

30

2850,00

Educación básica especial (EBE)

Inicial

30

2850,00

Primaria

30

2850,00

Educación básica alternativa (EBA)

Inicial/ intermedio

30

2850,00

Avanzado

30

2850,00

Educación técnico-productiva (ETP)

Básico y medio

30

2850,00

Coordinadores de PRONOEI, ODEC y ONDEC

 40

3800,00

Fuente: Minedu


Esfuerzo del Minedu
Por su parte, el ministro de Educación, Óscar Becerra, recalcó que el Minedu está haciendo un importante esfuerzo y destinando un presupuesto de más de S/ 1200 millones para reconocer el buen desempeño de los docentes y revalorar la Carrera Pública Magisterial como eje clave para mejorar los aprendizajes.

“Ahora podemos exigir. Un maestro en la educación pública gana sueldos comparables y, en la mayoría de los casos, mejores que los que percibe un maestro en el sector privado”, apuntó.

ICI/RRC
Fuente: APN "ANDINA"

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