sábado, 18 de abril de 2015

Gobierno aprueba Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2015

Para atender las zonas más alejadas y pobres del país

Lima, 18 de Abril del 2015.- El Ejecutivo aprobó el Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2015, a fin de articular los esfuerzos de diferentes ministerios y entidades, para ejecutar medidas de prevención y atención a las emergencias que se puedan presentar por el descenso de las temperaturas en zonas alejadas y de pobreza, en el país.

A través del Decreto Supremo Nº 030-2015-PCM publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se establece que el referido plan prioriza la intervención en dieciocho (18) zonas que serán beneficiadas con medidas ante Heladas (193 distritos) y Friaje (32 distritos).

Estas acciones se toman considerando que todos los años varios departamentos de la sierra y selva del país experimentan la presencia de bajas temperaturas, generando efectos negativos en la vida, salud, en la educación, en la actividad agrícola y ganadera.

Asimismo, esta menor temperatura impacta en las poblaciones que residen en las mencionadas zonas, y se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad, sea por su condición social (pobreza y pobreza extrema), por su ciclo de vida (niños, niñas, ancianos, enfermos, etc.) y sobre todo por su ubicación territorial, lo que no sólo afecta su forma de vida, sino también tiene efectos negativos en la economía local.

La norma establece que el costo que genere la aplicación del presente Decreto Supremo se financia con cargo al presupuesto institucional autorizado de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público y conforme a las disposiciones legales vigentes.

Asimismo, la Presidencia del Consejo de Ministros en su calidad de ente rector del Sistema, podrá dictar las medidas complementarias que sean necesarias para garantizar el cumplimiento a nivel nacional, de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.

El “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2015” aprobado por el artículo 1 de la presente norma, deberá ser publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe).

El Decreto Supremo  lleva la rúbrica del Presidente de la República, Ollanta Humala; el jefe del Gabinete ministerial, Pedro Cateriano Bellido; y de los ministros de Agricultura y Riego, Juan Manuel Benites; del Ambiente, Manuel Pulgar-Vidal; de Cultura, Diana Alvarez-Calderón.

También de Educación, Jaime Saavedra; de Energía y Minas, Rosa María Ortiz; del Interior, José Luis Pérez Guadalupe; de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Marcela Huaita; de Salud, Aníbal Velásquez; de Transportes y Comunicaciones, José Gallardo; y de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Milton Von Hesse.

MDV 
Fuente: APN "ANDINA"