domingo, 6 de marzo de 2016

Lanzan I convocatoria del año de Programa Techo Propio con 20,000 bonos

En la modalidad de Construcción en Sitio Propio

Lima, 06 de marzo del 2016.- Gobierno convocó a la población a nivel nacional a participar en la primera convocatoria del Programa Techo Propio para este año en la modalidad de Aplicación de Construcción en Sitio Propio, para el otorgamiento de hasta 20,000 Bonos Familiares Habitacionales (BFH).

Mediante la resolución ministerial 047-2016-Vivienda se dispuso la apertura de los registros del Programa Techo Propio en la Modalidad de Aplicación de Construcción en Sitio Propio para que la población pueda inscribirse en los centros autorizados del Fondo Mivivienda a partir del segundo día hábil de publicada la presente Resolución Ministerial. 

Los Registros del Programa Techo Propio permanecerán abiertos hasta cuando se hayan asignado los 20,000 BFH. 

Para efectos del otorgamiento de los 20,000 BFH pueden participar las personas naturales o jurídicas que se registren como Entidades Técnicas en el marco de lo dispuesto por el artículo 30 del Reglamento Operativo y aquellas que mantengan vigente su código de entidad técnica.

Ello siempre que estas últimas presenten la carta de acreditación emitida por una entidad del sistema financiero y de seguros. 

Las cartas de acreditación de capacidad financiera que presenten los postulantes a la Entidad Técnica o las Entidades Técnicas vigentes, deben ser emitidas por una entidad del sistema financiero y de seguros. 

Asimismo, deberá indicar la línea aprobada que garantice capacidad financiera, a efectos de que el Fondo Mivivienda determine el número de viviendas que puede ejecutar la Entidad Técnica, según sus criterios de riesgo. 

Publicación de elegibles 
El listado de los Grupos Familiares Elegibles (GFE) y Entidades Técnicas, se publica en los centros autorizados del Fondo Mivivienda a nivel nacional, así como en su respectiva página web, siendo la fecha de publicación la determinada por dicha entidad. 

Disposición modificatoria 
Asimismo, se modificó el Reglamento Operativo para Acceder al Bono Familiar Habitacional para las Modalidades de Aplicación de Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda.

Así se modifícó el numeral 34.5 del artículo 34 y el numeral 37.1 del artículo 37 de dicho reglamento.

De esta manera, el numeral 34.5 menciona que las Entidades Técnicas tienen un plazo máximo de tres meses para solicitar al Fondo Mivivienda la revisión del expediente para el Registro de Proyecto, computado desde la fecha de inscripción del Contrato de Obra. Vencido el plazo sin que el FMV se haya pronunciado, el GFE puede contratar con otra ET.

En tanto, el numeral 37.1 refiere que el expediente debidamente foliado de manera correlativa y ordenada de acuerdo con los rubros señalados en el artículo precedente es presentado por la ET al FMV, en el plazo previsto en el numeral 34.5 del artículo 34 del presente Reglamento Operativo.

JJN/JJN
Fuente: APN "ANDINA"