Entre trabajadores dependientes e independientes, afirma viceministra de Economía, Claudia Cooper
Lima, 10 de diciembre de 2016.- La viceministra de Economía, Claudia Cooper, estimó ayer que los potenciales beneficiados con la deducción de hasta 10 UIT (39,500 soles) en el pago del Impuesto a la Renta suman más de un millón de personas, entre trabajadores dependientes e independientes.
”Es difícil calcularlo, no sabemos quién va a presentar facturas, pero lo que sí podemos decir es que el potencial de beneficiados es más de un millón de trabajadores independientes y dependientes”, manifestó en reunión con medios especializados.
Cabe indicar que con el decreto legislativo aprobado en la víspera las personas naturales podrán deducir más de las 7 UIT (27,650 soles) que actualmente la ley lo permite. Ahora podrán deducir 3 UIT más y en total tendrán una deductibilidad máxima de 10 UIT.
Los rubros a tomar en cuenta para hacer esta deducción adicional son honorarios profesionales de médicos y odontólogos (con límite de 30% de los honorarios), gastos por el pago de alquileres (con límite de 30% de la renta) y los intereses de créditos hipotecarios para la adquisición de primera vivienda.
Cooper aclaró que se da solo un nivel de 30% de deducción para no afectar el equilibrio entre un menor pago del IR y la recaudación.
Dijo además que las tres UIT adicionales pueden extenderse dependiendo de como reaccionen los contribuyentes ante este beneficio.
“Los reglamentos de los decretos legislativos (de índole tributario) tienen que estar listos antes de fin de año para que sean aplicables a partir del próximo año”, subrayó.
Tres primeros decretos legislativos
En la víspera se emitieron los tres primeros decretos legislativos de índole tributario aprobados por el Ejecutivo, disponiendo, el primero de ellos, una deducción para las personas naturales de hasta 10 UIT (39,500 soles) en el pago del Impuesto a la Renta.
Los rubros a tomarse en cuenta para hacer la deducción:
- Gastos en alquileres e intereses de créditos hipotecarios para la primera vivienda.
- Honorarios profesionales de médicos y odontólogos.
- Servicios profesionales que generen rentas de cuarta categoría.
- Aportaciones a EsSalud.
Esto es para aquellas personas que quieran deducir más de las 7 UIT que actualmente la ley lo permite. Ahora podrán deducir 3 UIT más y en total tendrán una deductibilidad máxima de 10 UIT.
Las 3 UIT adicionales tendrían que estar acreditadas con facturas en los rubros mencionados.
El segundo decreto legislativo aprobado fue el Decreto de Sinceramiento de Deudas para la pequeña y mediana empresa.
El tercer decreto legislativo aprobado fue el sistema que perfecciona los regímenes especiales de devolución del impuesto general a las ventas (IGV), como el Régimen Especial de Recuperación Anticipada y el Régimen de Reintegro Tributario.
RGP/JJN
Fuente: APN "ANDINA"