El fallo favorable en el arbitraje internacional favorece a
la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN y la empresa
pública Activos Mineros SAC AMSAC.
Al respecto, el director de Proyectos de PROINVERSIÓN,
Rogger Incio, precisó que los contratos que estructura PROINVERSIÓN están
diseñado para un adecuado equilibrio que beneficia a los inversionistas y al
Estado y principalmente al entorno social.
“Es importante remarcar eso, porque este fallo del laudo
arbitral a favor del Estado ratifica el compromiso de PROINVERSIÓN de promover
inversiones con integridad, transparencia y, sobre todo, con una adecuada
distribución de riesgo”, aseguró Incio.
Efectivamente, el Tribunal Arbitral de la CCI, reconoció los
valores de referencia propuestos por el Estado peruano ordenando el pago
ajustado de las regalías derivadas del contrato de transferencia correspondientes
al periodo 2013 – 2022.
Cabe mencionar que el conflicto surgió en torno a la interpretación de una cláusula del contrato de transferencia que regula la forma en que Miski Mayo debía cumplir su obligación del pago de una contraprestación por la explotación de la roca fosfórica de Sechura.
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